viernes, 26 de abril de 2013

QUITO. Sustitutos completarán cuota de discapacitados

Los empleadores tienen una nueva obligación que cumplir con el Ministerio de Relaciones Laborales (MRL): hasta fines de este mes deben registrar a las personas que trabajen como sustitutos de personas con discapacidad y así podrán cumplir hasta la mitad de la cifra obligatoria del 4% de la nómina con empleados con discapacidad. Para ello, el MRL emitió el Reglamento para el Registro de Trabajadores Sustitutos de Personas con Discapacidad, que está en vigencia desde el pasado 11 de marzo. La Ley de Discapacidades (art. 48) y el Código del Trabajo (art. 42) son la base legal del reglamento. La primera define a los sustitutos como las personas que tienen bajo su responsabilidad o cuidado a una persona con discapacidad severa. El segundo señala que las personas con discapacidad impedidas de firmar un contrato de trabajo lo harán por medio de su representante legal. Con el fin de controlar los contratos de trabajo de sustitutos de personas con discapacidad, el MRL emitió el mencionado reglamento. >>> revisar el articulo completo y sus estadisticas >>>

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